Servicio de Traducción e Interpretación Normativa

Normativa

Objeto

El objeto de este proceso es el de establecer las normas específicas que rigen el funcionamiento y la gestión del servicio de traducción e interpretación.

Profesionales y asignación de encargos

Se asignará a cada solicitud el profesional que mejor se adapte a los requerimientos de la misma siguiendo el orden de prelación resultante de la baremación de los candidatos presentados a cada una  de las convocatorias de profesionales publicadas en la web de la FGUMA. Los perfiles profesionales específicos de cada bolsa son los siguientes:

  • Traductores
  • Correctores, revisores, gestores de proyectos y coordinadores de equipos
  • Intérpretes
  • Traductores Jurados
  • Intérpretes en LSE

Recepción de solicitudes y tramitación

La FGUMA publicará en su web toda la información relativa al servicio de traducción e interpretación por lo que habrá, además de una breve reseña explicativa de cada uno de los servicios, un formulario para el envío de solicitudes vinculado a la cuenta de correo electrónico traducciones@fguma.es

El procedimiento que se ha de seguir, una vez recibida cada solicitud, será el siguiente:

  • Envío de acuse de recibo automático a la persona/entidad que inicia la solicitud informándole de la correcta recepción de los datos.
  • Cotejo de la documentación recibida por parte del servicio de traducción e interpretación.
  • Elaboración de un presupuesto inicial y envío de propuesta de servicio al solicitante.
  • En caso de aceptación*, asignación del servicio al perfil profesional adecuado a la solicitud y llamamiento siguiendo las bases de la convocatoria de profesionales**.
  • El servicio de traducción e interpretación confirmará al solicitante/entidad el plazo de entrega de la documentación o de realización del servicio para el caso de la interpretación en idiomas o Lengua de Signos Española.
  • Facturación de cada servicio adaptándose a la legislación fiscal correspondiente.

* La cancelación del servicio presupuestado y aceptado podrá implicar una penalización que se determinará en cada caso en función del coste que la misma haya generado a la FGUMA y/o de la responsabilidad civil subsidaria inherente a cada encargo.
** Los llamamientos se realizarán telefónicamente para comprobar la disponibilidad inmediata del candidato siendo la confirmación definitiva por escrito, tanto del servicio como de la no disponibilidad en su caso.

Ejecución y plazos de entrega

Será condición indispensable para la tramitación de cada solicitud lo siguiente:

  • La aceptación por escrito del presupuesto.
  • El abono del 50% del importe total del servicio con carácter previo al inicio de las funciones de traducción e interpretación.
  • En el caso de las interpretaciones, el solicitante deberá facilitar la información con un mínimo de 15 días de antelación.
  • Los plazos de entrega* aproximados del servicio son:

Corrección: 10 días hábiles y 7 hábiles con carácter de urgencia.

Traducción: 20 días hábiles y 7 hábiles con carácter de urgencia.

Traducción jurada: 15 días hábiles y 7 hábiles con carácter de urgencia.

Interpretación: dependerá de las particularidades de cada solicitud.

*  Dichos plazos quedarán supeditados al tamaño y las características del texto.

El procedimiento se iniciará al día siguiente de recibir el justificante de pago del 50%, de la totalidad de la solicitud o la reserva de crédito correspondiente.

Garantía de calidad-revisión

La documentación entregada se custodiará por un periodo no superior a 5 años.

Todos los servicios de traducción que ofrecemos (salvo la traducción jurada) serán revisados por otro profesional antes de la entrega definitiva al solicitante, con ello se garantizará la adecuación de los textos especializados y la coherencia textual de cualquier tipo de documento.

El solicitante podrá requerir al Servicio de Traducción e Interpretación, en caso de disconformidad con el servicio prestado, una segunda revisión del texto traducido siempre y cuando ésta se produzca en un plazo no superior a 15 días.

NORMATIVA COMPLETA